Según el Decreto 1625 de 2016, en su articulo 1.6.1.13.2.7 establece los topes para estar obligados a Declarar Renta por el año gravable de 2022, si cumple uno cualquiera de los siguientes requisitos, así:
- Si obtuvo INGRESOS BRUTOS durante el año 2022 iguales o superiores a 1.400 UVT por valor de $53.206.000
- Si el PATRIMONIO BRUTO a diciembre 31 de 2022 fué igual o superior a 4.500 UVT por valor de $171.018.000
- Si los CONSUMOS CON TARJETA DE CREDITO en el año 2022 fueron iguales o superiores a 1.400 UVT por valor de $53.206.000
- Si el VALOR TOTAL DE LAS COMPRAS Y CONSUMOS en el año 2022 fueron iguales o superiores a 1.400 UVT por valor de $53.206.000
- Si el VALOR TOTAL ACUMULADO DE LAS CONSIGNACIONES BANCARIAS, DEPOSITOS E INVERSIONES FINANCIERAS en el año 2022 fueron iguales o superiores a 1.400 UVT por valor de $53.206.000.
- Si la persona natural es responsable del IVA, deberá Declarar renta por el año 2022, sin importar los topes anteriores.